De acuerdo con las actualizaciones que se han estado efectuando en el sistema de inscripciones, me permito hacer de su conocimiento que los cambios efectuados han sido para obtener un mejor control y evaluación de estadísticas escolares de acuerdo a cada servicio de capacitación que ofrece el Instituto, por lo que es indispensable que los jefes de capacitación y jefes de oficina estén enterados de lo siguiente:
1. El sistema de inscripciones genera los Registros de Inscripciones “RI”, por cada servicio de capacitación, es decir, un formato RI por las inscripciones de cursos regulares, de extensión, CAE y ROCO; otro RI por los cursos de RED CONOCER y otro RI por las inscripciones en cursos de acreditación por convenio. Esto es con la finalidad de conocer matrícula e ingresos de cada uno de los servicios mencionados anteriormente.
2. Los formatos “RI” únicamente se pueden descargar e imprimir cuando termina el mes en curso, esto es para que se alcance a reportar todos los movimientos que se registran en el mes completo.
3. Los formatos “RI” contemplan todos los movimientos efectuados en el mes, como altas y bajas, por lo que las inscripciones reales en el mes correspondiente es la diferencia entre las altas y bajas. En la última hoja que sale impresa del “RI”, se agregó una tablita donde establece la diferencia de altas y bajas, por lo que se deberá tomar en cuenta como inscripciones totales, así como las inscripciones de los cursos complementarios.
4. Es importante recordar que para registrar inscripciones tienen 17 días a partir de la fecha de inicio del curso posterior a esos días no podrán registrar inscripciones. Si fuera necesario más días para inscripción deberán solicitarlo mediante oficio a la Dirección Técnico Académico con copia a la Dirección de Planeación y Evaluación y únicamente se les dará prorroga no mayor a 10 días.
5. En el caso de los ROCO, si la fecha de término ya concluyó no podrán registrar inscripciones y deberán de programar el ROCO nuevamente.
6. Los reembolsos únicamente los autoriza la Dirección de Administración por lo que si fuera el caso, deberá de solicitar su aplicación mediante oficio, justificando el movimiento y comprobando el paga efectuado del capacitando con la referencia bancaria.
Es importante recordarles que los movimientos que deseen aplicar los realicen en el mismo mes, de lo contrario dichos movimientos pueden alterar los “RI” de meses anteriores.
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